a) Base jurídica
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Artículo 6.1.c) RGPD: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción).
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b) Fines del tratamiento
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Permitir la presentación, recepción y gestión de comunicaciones y denuncias de infracciones del derecho de la Unión Europea, así como penales o administrativas graves o muy graves, en el ámbito laboral y en los términos contemplados en la Ley 2/2023.
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c) Colectivo de interesados
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Empleados del Ente Público Canal de Isabel II, miembros del consejo de administración, cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores, voluntarios, becarios, trabajadores en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración, así como a aquellos cuya relación laboral todavía no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual. También podrá comunicarse información sobre infracciones conocidas en el marco de una relación laboral o estatutaria ya finalizada.
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d) Categoría de datos personales
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Nombre, apellidos, DNI/NIF/Documento identificativo, firma, dirección de contacto, teléfono, correo electrónico y profesión.
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e) Categoría de destinatarios (cesiones)
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Ministerio Fiscal y restantes autoridades competentes; y, en el caso de que se afecte a los intereses financieros de la Unión Europea, de la Fiscalía Europea. Empresas proveedoras y prestadoras de servicios informáticos y de almacenamiento de información, así como supuestos en que exista una obligación legal.
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f) Transferencias internacionales
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No hay transferencias internacionales previstas.
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g) Plazo supresión
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Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recaban y mientras no haya transcurrido el tiempo establecido por la normativa en vigor para atender las posibles responsabilidades que puedan surgir del tratamiento de los datos o hasta que no se haya ejercitado el derecho de oposición o solicitado su supresión, si procede.
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h) Quien los trata
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Comité de Ética y Conducta del Ente Público Canal de Isabel II.
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i) Medidas de seguridad
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Se aplican las medidas de seguridad previstas en el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
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j) Aplicaciones que tratan estos datos
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No aplica.
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k) Sistemas Manuales donde se almacena datos
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No aplica.
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l) Encargados de Tratamiento
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Microsoft Office 365.
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m) Entidad responsable
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Ente Público.
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