a) Base jurídica
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Artículo 6.1.b) RGPD el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato y 6.1.e) RGPD el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público.
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b) Fines del tratamiento
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Controlar la entrada en las instalaciones.
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c) Colectivo de interesados
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Empleados de Canal y cualquier persona que visite las instalaciones de Canal de Isabel II.
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d) Categoría de datos personales
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DNI, nombre y apellidos, persona a quien va a visitar.
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e) Categoría de destinatarios (cesiones)
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Canal de Isabel II, S.A. para el desempeño de sus competencias en materia de seguridad de las instalaciones. Asimismo, los datos se comunicarán a terceros en el supuesto de que exista obligación legal, como en el caso de Juzgados y Tribunales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
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f) Transferencias internacionales
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No hay transferencias internacionales previstas, salvo en lo relativo a las comunicaciones electrónicas, dado que con office 365 parte del tratamiento puede efectuarse en EU (Privacy Shield).
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g) Plazo supresión
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Los datos relativos a empleados se mantendrán en el sistema durante el plazo que dure el contrato. El resto de los datos sólo se conservarán durante el tiempo necesario para las finalidades del tratamiento para las que han sido recogidos.
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h) Quien los trata
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Área de Servicios Administrativos para controlar el acceso de los empleados. Los datos de personas no trabajadoras del Ente Público se tratan por el resto de las áreas en el ejercicio de sus funciones.
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i) Medidas de seguridad
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Se aplicarán las medidas de seguridad previstas en el Anexo II del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
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j) Aplicaciones que tratan estos datos
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SAP y fichero Excel.
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k) Sistemas Manuales donde se almacena datos
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No aplica.
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l) Encargados de Tratamiento
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Office 365.
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m) Entidad responsable
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Ente Público Canal de Isabel II.
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