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Procedimientos de expropiación forzosa

La Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua de la Comunidad de Madrid, en su artículo 6, dispone “La explotación de los servicios de aducción, depuración y reutilización promovidos directamente o encomendados a la Comunidad de Madrid será realizada por Canal de Isabel II en todo el territorio de la Comunidad de Madrid".

 

Para  presentar una solicitud por Registro Electrónico, es necesario estar en posesión de DNIe o disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN Y ENVÍO:

Pulse en el formulario genérico adjunto y cumplimenteló. 

  • Existen dos formas de cumplimentar el formulario:

    1. Rellene los datos y al finalizar, imprima su formulario como pdf para poder guardarlo en su equipo.

    2. Descargue el formulario, rellene los datos y una vez cumplimentado guárdelo en su equipo.

  • Si es necesario acompañar documentación, ésta deberá estar escaneada en formato pdf.

  • Una vez tenga toda la documentación preparada  (formulario y documentación adjunta en caso de existir) pulse el enlace  Envío al Registro de Canal de Isabel II.

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