Períodos Históricos
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El cuarto periodo, comprendido entre 1936 y 1945. Este período se caracterizó por el ejemplar mantenimiento del servicio y suministro a la población en condiciones extremadamente desfavorables como fue la Guerra Civil.
Canal de Isabel iI estuvo centrado en la necesidad de mantener el suministro en condiciones adversas, conseguir el máximo de ahorro de agua y que las necesarias restricciones produjesen las menores incomodidades a la población. Además, los continuos bombardeos de la capital produjeron importantes roturas que obligaron a que la Dirección de Distribución adquiriese una notable importancia en la reparación de averías. Para llevar a cabo esta tarea se crearon brigadas de guardia permanente y se adoptaron decisiones para la mimetización, fortificación y defensa de las infraestructuras de captación de agua y almacenamiento.
Empieza a funcionar el Depósito Elevado de Plaza de Castilla
Entra en servicio la segunda fase de la Presa de Puentes Viejas.
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Etapa Inicial: 1848-1851: Se aprueba por Real Decreto el Anteproyecto.
Aprobación por Real Decreto del anteproyecto con el que los ingenieros Juan Rafo y Juan de Ribera pretendían derivar hasta la capital las aguas del río Lozoya. El presupuesto es de 20 millones de pesetas.
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Recientemente se ha iniciado el que podríamos denominar el noveno periodo en la historia de Canal de Isabel II, que es en el que nos encontramos.
Este periodo comienza con la publicación de la Ley 8/2018, de 26 de diciembre, de modificación de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, para la garantía del carácter público del Canal de Isabel II. En la citada Ley se dispone que Canal de Isabel II, S.A., que mantendrá, en los términos establecidos en el Contrato-Programa, la prestación de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización de agua que, por cualquier título, correspondían a Canal de Isabel II, tendrá un capital exclusivamente público, con participación de la Comunidad de Madrid, a través de Canal de Isabel II y de las Entidades locales de su ámbito territorial incorporados o que se incorporen al nuevo modelo de gestión.
En este sentido, la disposición transitoria primera de la mencionada Ley 8/2018 dispone lo siguiente en relación con la incorporación de nuevos accionistas: “Las Entidades locales de la Comunidad de Madrid que a la fecha de entrada en vigor de esta Ley no hayan celebrado aún el correspondiente convenio de incorporación al modelo de gestión de Canal de Isabel II, podrán celebrarlos en condiciones análogas al resto de Entidades locales ya incorporadas, tanto en prestaciones como en duración, que será como máximo la duración del Contrato Programa”.
Por otra parte, en virtud del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el Ente Público Canal de Isabel II y su grupo empresarial se adscriben a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid.
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El octavo periodo, se inicia con la reforma llevada a cabo por las Leyes 3/2008, de 29 de diciembre y 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, lo cual supone un punto de partida para afrontar los retos de futuro de la gestión del agua, que podemos concretar en:
- Garantizar el volumen de agua necesario a toda la población de la Comunidad de Madrid.
- Asegurar la calidad del agua para su adaptación a los múltiples usos que se van a hacer de la misma y a los nuevos parámetros establecidos en la legislación nacional y europea, incluyendo lo previsto en el Plan Nacional de Calidad de las Aguas, que obliga a completar la ejecución de las infraestructuras previstas en la Directiva 91/271 CEE del Consejo Europeo, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas y alcanzar los objetivos de la Directiva 2000/70 CEE del Parlamento Europeo por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la Política de Aguas.
Con la finalidad de lograr los objetivos anteriormente mencionados, la Ley 3/2008 autorizó la constitución de una sociedad anónima encargada de gestionar los servicios hidráulicos. Mediante Acuerdo de 14 de junio de 2012, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, autorizó la constitución de la sociedad mercantil “Canal de Isabel II Gestión, sociedad anónima” y aprobó el Contrato-Programa que habría de regular las relaciones entre el Canal de Isabel II y la nueva Sociedad para la gestión del servicio hídrico integral encomendado.
Como consecuencia de lo anterior, el día 27 de junio de 2012 se constituyó la sociedad Canal de Isabel II Gestión, S.A. (hoy Canal de Isabel II, S.A.) en cuyo accionariado están presentes, además del Ente Público Canal de Isabel II como socio mayoritario, 111 municipios de la Comunidad de Madrid.
Creada la Sociedad, corresponde al Ente público Canal de Isabel II mantener las responsabilidades y obligaciones asumidas frente a la Comunidad de Madrid y frente a las Entidades Locales a través de los correspondientes convenios. Para ello, el artículo 16 de la Ley 3/2008, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, le reserva la titularidad y el ejercicio de las potestades, y cuantos derechos y obligaciones se deriven de:
- Las concesiones y autorizaciones sobre el dominio público hidráulico, relacionadas con los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización, otorgadas y que se otorguen en el futuro de acuerdo con la legislación aplicable.
- Las potestades administrativas que corresponden a la Comunidad de Madrid en materia de aducción y depuración del agua, incluida la potestad sancionadora.
- Los servicios de abastecimiento y saneamiento que presta en virtud de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, y de la restante legislación que le es de aplicación.
- Las funciones relacionadas con los servicios hidráulicos que le hayan sido encomendadas por la Comunidad de Madrid, con base en los convenios formalizados con las Entidades locales, de conformidad con el artículo 5.3 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, para la asunción de las funciones que corresponden a las mismas.
- Las restantes funciones relacionadas con los servicios hidráulicos que le sean encomendadas por la Comunidad de Madrid.
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El primer periodo abarca desde 1851 a 1867. En este período se consiguió la llegada de agua a Madrid, el inicio de la distribución de la misma a los domicilios y la construcción del alcantarillado.
Se inaugura la llegada de Aguas a Madrid, las aguas del Lozoya llegan el 24 de junio hasta la Nueva Fuente Monumental de la calle ancha de San Bernardo.
Proyecto de prolongación del Canal, aguas arriba del Pontón de la Oliva.
La primera actuación fue construir el triángulo San Bernardo-Fuencarral-Sol.
Canal de Isabel II se constituyó en 1851 para ejecutar y gestionar las obras que permitieron el abastecimiento a Madrid con aguas del rio Lozoya. Desde entonces Canal de Isabel II ha prestado un servicio de gran calidad y en cantidad suficiente, solucionando así un problema histórico de la ciudad.
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El quinto periodo, desde 1945 a 1950. Este período transcurrió entre la terminación del conflicto bélico y el inicio del auge migratorio de los habitantes de otros municipios a la capital. Durante esta etapa se desarrolló un nuevo plan de obras de abastecimiento para atender a una demanda que ya superaba el millón de habitantes.
Se inició la construcción de la presa de Riosequillo, se aprobó la construcción de la Presa de El Vado y se diseñó una nueva red de distribución para anticiparse al gran incremento de población que tuvo lugar a partir de los años 50.
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El segundo periodo es el comprendido entre 1867 y 1907.
Este período destacó por el incremento de la red de distribución, la construcción de las acequias de riego y el inicio de las obras del Tercer Depósito, situado en la Avenida Islas Filipinas.
Se constituye un nuevo régimen de Canal, por el que vuelve a su condición de empresa.
Se crea Hidráulica Santillana.
Finalizan las obras de la Presa de El Villar, las obras de abastecimiento y distribución prosiguen: se proyectan canales, centrales hidroeléctricas, depósitos y se construyen arterias de distribución dentro de la ciudad.
Se pone en servicio el Segundo Depósito.
Se inaugura la Presa del Villar, la más antigua del sistema de abastecimiento a Madrid, todavía en funcionamiento
Canal de Isabel II comienza a ser un negociado del Ministerio de Fomento.
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El séptimo periodo, va desde el mes de diciembre de 1984 hasta el mes de julio de 2012, Canal de Isabel II adquirió la condición de empresa pública dependiente de la Comunidad Autónoma de Madrid. Además de las funciones anteriormente encomendadas, el Canal amplió su actividad a todos los pueblos de la Sierra de Guadarrama y las áreas Noroeste y sur de la Comunidad de Madrid, y se consideró como acción prioritaria el Plan Integral del Agua de Madrid, que pretendía conseguir la depuración de las aguas residuales en un 100% mediante la construcción de 150 estaciones depuradoras.
Entra en Servicio la ETAP del Tajo – con una capacidad de abastecimiento de medio millón de personas – y que permite la captación directa, por primera vez, del agua de ese río.
Se presenta Canal Voluntarios, organización creada para ayudar a resolver el suministro de agua en emergencias. Se inaugura el Centro de Ocio y Deportes Tercer Depósito.
Se presenta el Plan de Recarga de Acuíferos con el excedente de agua de los embalses de la región.
Arranca el Plan Madrid Dpura (2005-2010) para la depuración y reutilización del Agua.
Se pone en marcha Canal Educa, un programa educativo para concienciar a los jóvenes de la importancia de los recursos hídricos.
Se inaugura el Laboratorio de Calidad de las Aguas del Canal.
Se celebra el 150º Aniversario de la creación de Canal de Isabel II y se constituye la Fundación Canal.
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El sexto periodo abarca desde mediados de los años 50 hasta 1984, cuando el Canal de Isabel II se convierte en una empresa pública dependiente de la Comunidad de Madrid. En este periodo se aprobó el Decreto de 10 de agosto de 1954, mediante el cual el caudal total de la cuenca del río Lozoya y parte de los caudales de los ríos Jarama y Sorbe quedaron reservados para el abastecimiento de agua a Madrid.
Igualmente, en esta etapa se elaboró un nuevo plan de obras, en el que se planteó la construcción de un gran embalse para regular todo el río Lozoya, lo que años después se plasmaría en la construcción de la emblemática presa de El Atazar.
Asimismo, se adquirieron las acciones de la Sociedad Hidráulica Santillana, empresa generadora de energía eléctrica, y se inició la construcción de los Pozos Raney, primera experiencia de explotación de pozos subterráneos, sin olvidar la construcción de la primera estación de tratamiento, la ETAP de Torrelaguna.
Por último, en este periodo se amplió el ámbito territorial de actuación a los municipios de la Provincia de Madrid, hoy Comunidad Autónoma, y se dio inicio a la gestión integrada de abastecimiento y saneamiento, incluida la depuración de aguas residuales a través del Plan de Saneamiento Integral de la Comunidad de Madrid.
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El tercer periodo, comprendido entre 1907 y 1936. Este período destacó por la creación del Consejo de Administración del Canal de Isabel II, lo que convirtió a esta Institución en una empresa independiente. Esta circunstancia generó el incremento de las estructuras de abastecimiento y la mejora del servicio, sin olvidar la importante Ley de 8 de febrero de 1907, que podemos considerar como el pilar de las futuras disposiciones que han regulado al Canal de Isabel II.
Canal de Isabel II participa en la exposición Iberoamericana celebrada en Sevilla y presenta un ambicioso plan de obras.
Se aprueba la construcción del Canal Alto.
Comienza a operar la primera fase de la Presa de Puentes Viejas.
Se inaugura la Central Eléctrica de Torrelaguna.
Se inaugura la primera central elevadora y el Primer Depósito Elevado, poco a poco el agua corriente llega a todas las viviendas.