Procedimientos de expropiación forzosa
Procedimientos de expropiación forzosa
La Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua de la Comunidad de Madrid, en su artículo 6, dispone “La explotación de los servicios de aducción, depuración y reutilización promovidos directamente o encomendados a la Comunidad de Madrid será realizada por Canal de Isabel II en todo el territorio de la Comunidad de Madrid".
Para presentar una solicitud por Registro Electrónico, es necesario estar en posesión de DNIe o disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN Y ENVÍO:
Pulse en el formulario genérico adjunto y cumplimenteló.
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Si es necesario acompañar documentación, ésta deberá estar escaneada en formato pdf.
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Una vez tenga toda la documentación preparada (formulario y documentación adjunta en caso de existir) pulse el enlace Envío al Registro de Canal de Isabel II.
Documentación y enlaces relacionados