
¿Por qué ha de presentarse licencia municipal para la contratación del suministro de una acometida que abastecerá a una obra?
El artículo 160 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, establece que las empresas suministradoras de agua, exigirán para la contratación provisional de los respectivos servicios la acreditación de la licencia municipal de obra.