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Preguntas más frecuentes

¿Qué conceptos pueden ser facturados en la contratación del suministro?

El Decreto 3068/75 de 31 de octubre, establece que en la contratación del suministro se pueden factura los siguientes conceptos:

  • Cuota de red
  • Cuota de enganche
  • Anticipo de consumo

La cuota de red corresponde al importe de las obras de adaptación y mejora de la red existente. Este concepto se facturará como norma general para los nuevos suministros solicitados.

La cuota de enganche corresponde a los costes derivados de la ejecución de la obra, tales como materiales y mano de obra.

El anticipo de consumo es una cantidad que cubre el importe de la facturación del suministro de agua y que responde a las obligaciones económicas contraídas. Este importe será devuelto al cliente a la finalización de la relación contractual, mediante la solicitud expresa del mismo y siempre y cuando se hayan cumplido las obligaciones contraídas por parte de éste.






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