
¿Qué conceptos pueden ser facturados en la contratación del suministro?
El Decreto 3068/75 de 31 de octubre, establece que en la contratación del suministro se pueden factura los siguientes conceptos:
La cuota de red corresponde al importe de las obras de adaptación y mejora de la red existente. Este concepto
se facturará como norma general para los nuevos suministros solicitados.
La cuota de enganche corresponde a los costes derivados de la ejecución de la obra, tales como materiales y mano de obra.
El anticipo de consumo es una cantidad que cubre el importe de la facturación del suministro de agua y que responde a las
obligaciones económicas contraídas. Este importe será devuelto al cliente a la finalización de la relación contractual,
mediante la solicitud expresa del mismo y siempre y cuando se hayan cumplido las obligaciones contraídas por parte de éste.